Investiga, que no es poco

¿Especies invasoras o especies dañinas? El paradigmático caso del arrui en España

En la tercera entrada de este especial sobre invasiones biológicas, os traemos el resumen de un trabajo que reflexiona sobre la necesidad de buscar un consenso en la terminología que científicos y gestores usan en relación con las especies exóticas invasoras. Además, el trabajo enfatiza el papel crucial que debe tener la evidencia científica en la toma de decisiones para gestionar estas especies.

De la mano de Jorge Cassinello, investigador de la Estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA-CSIC), os presentamos un trabajo que usa el caso del arrui, un mamífero exótico introducido en España, para ejemplificar esta problemática. El trabajo, recientemente publicado en la revista Conservation Letters, aporta una visión interesante, y quizá no exenta de controversia, sobre la inclusión de esta especie en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, especialmente en el contexto de la reciente modificación de la ley de Patrimonio Natural que abre la puerta a que ciertas especies exóticas invasoras, que hasta ahora debían ser erradicadas, puedan ser objeto de aprovechamiento cinegético.

Jorge_Casinello

Jorge Cassinello, investigador de la Estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA-CSIC).

El concepto de especie invasora

Como expone el trabajo de Cassinello, el uso del concepto “invasión” en ecología se remonta al año 1958, con la publicación del tratado “The Ecology of Invasions by Animals and Plants”, por Charles S. Elton, zoólogo y ecólogo británico. En dicho tratado, se exponen varios ejemplos de especies de origen alóctono o exótico, es decir, aquellas que han llegado a un territorio alejado de su distribución nativa, se han asentado, reproducido y expandido su área de distribución. Sin embargo, Elton no llega a definir el significado de “especie invasora”, y deja abierta la interpretación del concepto “invasión”, equiparándolo con “colonización” o capacidad expansiva de una especie. Posteriormente, los estudios se fueron centrando en aquellas que causaban daños o efectos perniciosos, y comenzó a asociarse “especie invasora” con “especie dañina”, acepción que fue utilizándose cada vez más por ecólogos y biólogos de la conservación. Sin embargo, según remarca este estudio, en ningún momento se llegó a un consenso en el uso de “especie invasora”, ni tácito ni explícito y, dependiendo del autor, del estudio o de la especie exótica en cuestión, “invasor” podía hacer referencia o bien a “colonizador” o bien a “dañino”, y en ocasiones a ambos a la vez.

Actualmente no hay un acuerdo formal sobre el uso del término invasor, pudiendo hacer referencia a especie «colonizadora” (criterio biogeográfico) o “dañina” (criterio de impacto)

En la actualidad, la comunidad científica asume el uso de las dos acepciones comentadas para el concepto de “especie invasora”, el denominado criterio biogeográfico o colonizador, y el criterio de impacto o perjudicial/dañino, no habiéndose llegado a un acuerdo formal para que predomine una de estas dos acepciones en estudios científicos. Sin embargo, en las normativas nacionales e internacionales referentes a la gestión de la naturaleza se ha generalizado el uso de la acepción “perjudicial” para las especies invasoras.

En base a todo esto, determinar los efectos ecológicos de las especies exóticas requiere analizar en detalle los estudios científicos realizados sobre ellas y, si se utiliza el término “invasor”, determinar sin ambages el criterio utilizado por los autores. No tener en cuenta este hecho puede dar lugar a malas interpretaciones y, en suma, a premisas erróneas de cara a su gestión.

El caso del arrui africano en España

El arrui (Ammotragus lervia) es un mamífero caprino de origen norteafricano introducido con fines cinegéticos en España en la pasada década de los 70. Se introdujo en primer lugar en la Sierra de Espuña, Murcia, y posteriormente en la Caldera de Taburiente (La Palma, Islas Canarias). Por aquel entonces, ni los fundamentos de la biología de la conservación, ni los conocimientos sobre los efectos que podían causar las especies exóticas estaban asentados y, de algún modo, no se pensó en los potenciales efectos dañinos que podía causar el arrui. En cualquier caso, el trabajo resalta que las circunstancias de ambas sierras son bien distintas.

Arrui

Arrui (Ammotragus lervia), originario del norte de África. Foto: EEZA-CSIC.

Es sabido que las especies exóticas suelen ser mucho más dañinas en las islas, y el caso del arrui en La Palma no es una excepción.  La presencia de herbívoros exóticos en ecosistemas como éste, donde la flora de origen macaronésico no está preparada ni adaptada a su presencia, puede dar lugar a la extinción de algunas especies de plantas autóctonas. No obstante, en La Palma el arrui no está solo, sino que le acompaña el conejo y otras especies introducidas que pueden estar causando daños, incluso mayores. Sin embargo, ningún estudio ha llegado aún a cuantificar de manera desagregada los efectos directos causados por cada una de estas especies.

En el sureste español, el arrui se adaptó desde su introducción al nuevo medio con facilidad, pues éste se asemeja a las áreas montañosas de su África natal, aunque con una mayor oferta alimenticia. La especie mostró una tasa reproductiva muy elevada, así como una gran capacidad expansiva o colonizadora, llegándose a contabilizar más de 2.000 ejemplares en varias sierras del sureste peninsular 20 años después de su introducción. Sin embargo, según este estudio, su incidencia sobre fauna y flora autóctonas no está aún clara, y los indicios de los estudios realizados hasta la fecha indicarían una preferencia por la alimentación de plantas herbáceas que lo diferenciaría substancialmente de la cabra montés, su pariente ibérico más cercano. Por lo tanto, se podría pensar que no existe competencia por el alimento con este caprino autóctono, como indicaría el hecho de que en la actualidad la cabra montés ha recolonizado todas las áreas montañosas de la Región de Murcia, después de más de un siglo de ausencia, conviviendo con el arrui e incluso desplazándolo de algunos lugares. Finalmente, estudios recientes muestran que la incidencia del arrui en especies de plantas leñosas del sureste es similar a la de cabras monteses y ciervos comunes. Consecuentemente, y según el estudio de Cassinello, la hipótesis más plausible en la actualidad sería que el arrui ejerce una incidencia sobre la vegetación compatible, en principio, con los ungulados silvestres autóctonos, ocupando probablemente el nicho vacío que dejaron los mamíferos pastadores del estrato herbáceo del pasado (uros y tarpanes).

«Las evidencias científicas han de primar siempre a la hora de tomar decisiones de manejo de especies exóticas, y a falta de datos, promover su estudio y aplicar el principio de precaución»

En cualquier caso, lo cierto es que el arrui está incluido actualmente en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. De hecho, los primeros estudios sobre la especie realizados por el propio Cassinello fueron clave para su inclusión en esta lista, ya que se le calificaba de “invasor”. Sin embargo, y según este nuevo trabajo, quienes citaron aquellos estudios como argumento fundamental para incluir al arrui en este Catálogo no cayeron en la cuenta de que utilizaba el término invasor según el criterio biogeográfico, ya que en aquel momento no se contaba con ningún dato de su incidencia directa sobre el medio: “el arrui ha mostrado una formidable capacidad de establecerse y expandir su distribución, una característica propia de las invasiones biológicas” (estudio).

En definitiva, la principal conclusión de este trabajo es que las evidencias científicas han de primar siempre a la hora de tomar decisiones de manejo de especies exóticas; y a falta de datos, promover su estudio y aplicar el principio de precaución. Además, la reciente iniciativa legislativa de preservación de especies invasoras útiles para la pesca y la caza no aborda el problema de fondo, que no es otro que la necesidad de gestionar estas especies en base a información científica veraz.

Artículo completo:

Cassinello (2018) Misconception and mismanagement of invasive species: The paradoxical case of an alien ungulate in Spain. Conservation Letters, e12440.

Un pensamiento en “¿Especies invasoras o especies dañinas? El paradigmático caso del arrui en España

  1. Pingback: Especies invasoras, versión ibérica | Biología en la URJC

Los comentarios están cerrados.